Acción de inconstitucionalidad 125/2026. Resuelta el 29 de octubre de 2026.
Diversas disposiciones del decreto mediante el cual se creó el municipio de Villa Juárez, en Aguascalientes, fueron impugnadas por considerar que algunos de sus artículos transitorios podían incidir en la integración del gobierno municipal y en el proceso electoral 2026-2027. La controversia se centró en determinar si el Congreso local podía crear un nuevo municipio y, al mismo tiempo, establecer reglas con efectos electorales durante el periodo de veda.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación estudió estos planteamientos en la Acción de Inconstitucionalidad 125/2026. El Pleno reconoció que los Congresos estatales tienen competencia para crear municipios, por lo que mantuvo la existencia de Villa Juárez. No obstante, advirtió que las disposiciones transitorias cuestionadas habían sido emitidas fuera del plazo permitido para realizar modificaciones con incidencia electoral. El proceso electoral comenzó el 9 de octubre de 2026 y la fecha límite para introducir este tipo de cambios había concluido el 11 de julio, mientras que el decreto fue publicado 58 días después. Para sustentar su decisión, retomó precedentes sobre materia electoral, régimen municipal y certeza jurídica.
Por esa razón, la Corte invalidó los artículos transitorios que afectaban la integración del gobierno municipal y el desarrollo del proceso electoral, al considerar vulneradas la veda electoral y la certeza constitucional. La decisión no modificó la creación del municipio de Villa Juárez, que permaneció vigente.

